Los CTP son instancias territoriales de planeación, creados por disposición constitucional para garantizar la participación ciudadana en la construcción y seguimiento de políticas públicas a nivel territorial, en virtud del principio de la planeación participativa.
¿QUIÉNES SON LOS CONSEJEROS?
El consejero es alguien que conoce los problemas y las necesidades de su comunidad y del sector al cual está vinculado. Además, asume el liderazgo y defiende los intereses de su sector y de la comunidad en general. Un consejero puede ser el comerciante, el maestro, la enfermera, el transportador, la madre comunitaria, el director de la banda municipal, el agricultor, la ingeniera, el promotor de la campaña medioambiental en la cuenca del río, etc.
La labor que realiza el Consejero hace parte de su compromiso personal con el desarrollo del territorio. No constituye un cargo remunerado, sino un acceso a las herramientas legales para intervenir en el destino del territorio: un camino dispuesto para que coloquemos las fichas en el tablero de lo público, una posición de privilegio que nos permite seguir trabajando por lo que queremos.
¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CTP?
Los Consejos Territoriales de Planeación deben participar en el proceso de elaboración del Plan de Desarrollo de su territorio y hacer seguimiento y evaluación a su ejecución. Así, se constituyen tanto en espacios de participación de la comunidad en el trazado de las políticas, como en instancias de control social de los procesos que se siguen para su implementación.
DOCUMENTOS IMPORTANTES QUE PUEDES LEER
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| Ley 152 de 1994 |
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| Decreto reglamentario 2284 de 1994 |
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| Preguntas frecuentes CTP |
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| Marco legal de los CTP |
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| ABC del CTP orientaciones del DNP |
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| Funciones de los consejos territoriales DNP |
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| Generalidades del CTP |










